miércoles, 14 de marzo de 2012

GLOSARIO


ACREDITACIÓN: acto por el cual el Estado adopta y hace público el reconocimiento que los pares
Académicos hacen de la comprobación que efectúa una institución sobre la calidad de sus programas académicos, su organización y funcionamiento y el cumplimiento de su función social.

ACREDITACIÓN PREVIA: reconocimiento que hacía el Estado a los programas en Educación en cuanto al cumplimiento de las condiciones de calidad e idoneidad para la formación de docentes. Este reconocimiento equivale al registro calificado.

ADAPTACIÓN DE CONOCIMIENTO: aplicación o utilización de conocimiento universal a problemas
particulares contemplados en un proyecto de investigación, en una forma que no haya sido alcanzada antes para ese tipo de problemas incluyendo la resolución de incertidumbres que requieren un esfuerzo superior al que puede brindar la consulta de la literatura especializada o el trabajo normal de especialistas en el área.

ADMITIDO: persona natural que, previo el proceso de selección realizado por el programa académico o la institución de educación superior y el cumplimiento de los requisitos de ley, es aceptado en calidad de estudiante en el programa en el que se inscribió.

ÁREA DE CONOCIMIENTO: agrupación que se hace de los programas académicos, teniendo en cuenta cierta afinidad en los contenidos, en los campos específicos del conocimiento, en los campos de acción de la educación superior cuyos propósitos de formación conduzcan a la investigación o al desempeño de ocupaciones, profesiones y disciplinas.

ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN: documento publicado en una revista científica que presenta, de
Manera detallada, los resultados originales de proyectos terminados de investigación.
La estructura generalmente utilizada contiene cuatro apartes importantes: introducción, metodología, resultados y conclusiones.

ASESORÍA: servicio profesional que proporciona, in situ, la orientación y guía a los empresarios en el desarrollo sistemático de sus propias destrezas, así como la identificación y resolución de problemas de gestión, de modo que los puedan solucionar.

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE UNIVERSIDADES (ASCUN):
asociación sin ánimo de lucro, no Gubernamental, que congrega a las universidades públicas y privadas, y cuyos objetivos principales sonel de servir de espacio permanente de reflexión sobre el presente y el futuro de la universidad colombiana, establecer un vínculo entre las universidades y el gobierno nacional, realizar investigaciones académicas sobre educación superior, promover la extensión universitaria, realizar la gestión pertinente para fomentar el desarrollo académico, conformar redes temáticas, prestar servicios de información y mantener relaciones interinstitucionales e internacionales.

AUTONOMÍA UNIVERSITARIA: reconocimiento consagrado en la Constitución Política de Colombia que le da a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos; designar sus autoridades académicas y administrativas; crear, organizar y desarrollar sus programas académicos; definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales; otorgar los títulos Glosario de la Educación Superior (en construcción) – Marzo de 2007 Página 3 de 31 correspondientes; seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes; y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento d e su misión social y de su función institucional.


BIENESTAR UNIVERSITARIO: conjunto de actividades que se orientan al desarrollo de las dimensiones físicas, psico-afectivas, espirituales, culturales y sociales de los estudiantes, docentes y personal administrativo. Este bienestar debe ser concebido como un aporte al proceso educativo, mediante acciones intencionalmente formativas.

CARÁCTER ACADÉMICO: naturaleza o vocación en el quehacer académico de una institución de
Educación superior. Las instituciones de educación superior se clasifican de acuerdo con su carácter académico, así: Universidad, Institución universitaria, Institución tecnológica e Institución técnica  profesional.

CENTROS REGIONALES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CERES):
lugares dotados de infraestructura
Tecnológica de información y comunicación, en los cuales la comunidad puede acceder a programas de educación superior técnica profesional, tecnológica y universitaria que ofrecen diferentes instituciones de educación superior.

CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACIÓN (CNA):
organismo de naturaleza académica que depende
del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), integrado por personas de las más altas calidades científicas y profesionales con presencia nacional e internacional, cuya función esencial es la de promover y ejecutar la política de acreditación adoptada por el CESU y coordinar los respectivos procesos; por consiguiente, orienta a las instituciones de educación superior para que adelanten su autoevaluación; adopta los criterios de calidad, instrumentos e indicadores técnicos que se aplican en la evaluación externa, designa los pares externos que la practican y hace la evaluación final.

CURRÍCULO: conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos que
Contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional.

ESPECIFICIDAD (concepto en revisión): división o clasificación de un núcleo básico del conocimiento.

EVALUACIÓN EXTERNA: proceso de comprobación de la objetividad y veracidad de la autoevaluación efectuada por una institución o un programa académico en cuanto a su calidad, organización, funcionamiento y cumplimiento de su función social, que realizan pares académicos nombrados por el Consejo Nacional de Acreditación.

FLEXIBILIDAD CURRICULAR: proceso de apertura y redimensionamiento de la interacción entre las
Diversas formas de conocimiento que constituyen el currículo. La flexibilidad hace referencia a la
Reorganización académica, el rediseño de programas académicos y sus planes de estudio, la
Transformación de los modelos de formación tradicional, la redefinición del tiempo de formación y la mayor asociación de la formación a las demandas del entorno laboral.

FUNCIÓN SUSTANTIVA UNIVERSITARIA: actividad esencial que le es propia o le corresponde a la
Universidad, sin la cual perdería su naturaleza. Se han reconocido como funciones sustantivas de la Universidad, a la investigación, la docencia y la extensión.

Instituciones de Educación Superior (IES): establecimientos organizados con el fin de prestar el servicio público educativo en cualquiera de los diferentes niveles de formación de la educación superior. La Ley establece que las Instituciones de Educación Superior se pueden organizar en: a) Instituciones Técnicas Profesionales; b) Instituciones Tecnológicas; c) Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas, d) Universidades.

Instituciones de Educación Superior Acreditadas: aquellas que tienen vigente el reconocimiento público de sus altos niveles de calidad y del cumplimiento de su función social, otorgado mediante acto administrativo por el Ministerio de Educación Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Acreditación (CNA).

Instituciones técnicas profesionales: Instituciones de Educación Superior que se caracterizan por su vocación e identidad manifiestas en los campos de los conocimientos y el trabajo en actividades de carácter técnico, debidamente fundamentadas en la naturaleza de un saber, cuya formación debe garantizar la interacción de lo intelectual con lo instrumental, lo operacional y el saber técnico. Estas instituciones podrán ofrecer y desarrollar programas de formación hasta el nivel profesional sólo por ciclos propedéuticos y en las áreas de las ingenierías, tecnología de la información y administración, siempre que se deriven de los programas de formación técnica profesional y tecnológica que ofrezcan, y previo cumplimiento de los requisitos señalados en la ley. También podrán ofrecer y desarrollar programas de especialización en su respectivo campo de acción.

Instituciones tecnológicas: Instituciones de Educación Superior que se caracterizan por su vocación e identidad manifiestas en los campos de los conocimientos y profesiones de carácter tecnológico, con fundamentación científica e investigativa. Estas instituciones podrán ofrecer y desarrollar programas de formación hasta el nivel profesional sólo por ciclos propedéuticos y en las áreas de las ingenierías, tecnología de la información y administración, siempre que se deriven de los programas de formación tecnológica que ofrezcan, y previo cumplimiento de los requisitos señalados en la ley. También podrán ofrecer y desarrollar programas de especialización en su respectivo campo de acción.

Instituciones universitarias o escuelas tecnológicas: Instituciones de Educación Superior facultadas legalmente para ofrecer programas de formación en ocupaciones, programas de formación académica en profesiones o disciplinas y programas de especialización en sus respectivos campos de acción.

Legislar: Dar, establecer o redactar leyes:


Ingeniero: Ingeniería ó Ingeniero son términos derivados de la palabra INGENIO, es decir la capacidad de aplicar conocimientos para hallar nuevas soluciones a los problemas dados.
En este sentido está bien que se le diga INGENIERO a todo aquel que es capaz de INGENIAR una solución nueva a un problema dado
En este sentido está bien que se le diga INGENIERO a todo aquel que es capaz de INGENIAR una solución nueva a un problema dado
Tecnólogo: aquella persona q reúne esos conocimientos para construir ciertos objetos y maquinas que hacen nuestro diario vivir mucho mas fácil para satisfacer nuestras necesidades
Factores endógenos: son los que crean la necesidad de cambiar alguna estructura o comportamiento, estos factores provienen del interior de alguna organización y son producto de la interacción se sus participantes y de la tensión provocadas por la diferencia de objetivos e intereses.
Inviables:
1 Que no puede ser llevado a cabo. Impracticable. Viable.
2 Se aplica al terreno o camino que está en muy malas condiciones y no es posible andar, circular o practicar en él una actividad o trabajo: la carretera que va a mi pueblo es inviable. Impracticable. Viable.
Incursionar: Realizar una actividad distinta de la habitual. Afectación: Restricción impuesta a uno o más inmuebles específicos que limita o impide la obtención de las licencias urbanísticas, por causa de la construcción o ampliación de una obra pública, o por razón de protección ambiental

BLIBIOGRAFIA



http://es.wikipedia.org/wiki/Globalizaci%C3%B3n
http://desarrollo-profesional.universia.es/mercado-laboral/
http://www.oas.org/es/temas/sociedad_conocimiento.asp
http://www.elearningamericalatina.com/edicion/abril1/na_2.php

CONCEPTOS


Globalización


La globalización es un proceso económico, tecnológico, social y cultural a gran escala, que consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo unificando sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. La globalización es a menudo identificada como un proceso dinámico producido principalmente por las sociedades que viven bajo el capitalismo democrático o la democracia liberal y que han abierto sus puertas a la revolución informática, plegando a un nivel considerable de liberalización y democratización en su cultura política, en su ordenamiento jurídico y económico nacional, y en sus relaciones internacionales.



Ejemplos de globalización:

el mercado del software, todo el mundo usa windows. es identico en todo el mundo (solo cambia el idioma)
otro ejemplo Mc Donalds, está en todos lados (y se parece mucho entre un país y otro) divulga y lleva a todos lados tanto algunos de sus prodcutos (big mc, con nombre en ingles y todo), pero tambien trae su esquema de capacitación de personal y forma de trabajo, trae su publicidad (global, por ejemplo en el último campeonato de futbol de FIFA). y todo eso afecta la competencia en el mercado local (imaginate alguien que tenía su negocio de hamburguesas -pumper- y viene a tu país una empresa global.)

Una sociedad del conocimiento

se refiere al tipo de sociedad que se necesita para competir y tener éxito frente a los cambios económicos y políticos del mundo moderno. Asimismo, se refiere a la sociedad que está bien educada, y que se basa en el conocimiento de sus ciudadanos para impulsar la innovación, el espíritu empresarial y el dinamismo de su economía.

Mercado laboral


La  oferta y la demanda de trabajo  confluyen en el mercado laboral. Cada año decenas de miles de estudiantes recién graduados inician su andadura en su trayectoria profesional. El primer paso es redactar su currículum vitae  donde deben recoger toda su experiencia formativa: títulos oficiales, cursos a los que han asistido, formación práctica, asistencia a seminarios, conferencia... conocimientos y habilidades relacionados con los idiomas, la informática u otros más específicos relacionados con su vocación profesional.

 En muchas empresas/instituciones valorarán que se posea  cartas de presentación , un documento que pretende llamar la atención de la candidatura para causar buena impresión frente a la multitud de candidatos que se presentan cada oferta. Existen muchos tipos de modelos de cartas en las que además de presentarse se puede agradecer la cita a una entrevista, presentarse a una oferta de forma espontánea, expresar el reconocimiento que le han otorgado profesores o antiguos jefes.

Tanto en el currículum vítae como en la carta de presentación el candidato a una oferta de trabajo debe demostrar su potencial para justificar que es la persona idónea para desarrollar el trabajo. A esa capacidad de sacarse rentabilidad profesional se denomina  empleabilidad . Un término que pretende reivindicar las oportunidades que posee un individuo para conocerse a sí mismo, formarse y vender sus cualidades y aptitudes durante el  proceso de selección.

Una vez seleccionado para un determinado puesto laboral el trabajador deberá conocer la relación laboral que establece con la empresa, esto es: el  tipo de contrato . Existe una gran variedad y dependiendo de ello se tendrá una serie de  derechos y deberes . En este sentido es muy importante conocer aspectos claves como el calendario laboral, la duración de la jornada, la nómina, las vacaciones o los permisos para poder cumplirlos con la mayor rigurosidad y profesionalidad posible.

“NTIC”

Las nuevas tecnologías, con sus potentes herramientas y las ventajas que presentan, desencadenaron un fenómeno sin precedentes desde la invención de la imprenta. Una "revolución pedagógica" que proyecta cambios sustanciales en las relaciones docente alumno y entre alumnos; y en la organización de la educación.
Si bien es cierto que a lo largo de los últimos siglos la humanidad ha vivido etapas de sucesivos avances en la ciencia y la técnica, uno de los fenómenos más trascendentes y distintivos de nuestra época quizá sea, por su tenor y alcances, la denominada "Revolución del Conocimiento".

Por un lado, las Nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (NTIC), invaden los medios educacionales, comunicacionales y empresariales. Y eso hace que, al mundo que conocemos tradicionalmente ("real"), se sumen los entornos "virtuales" y de comunicaciones.


ARTICULO COMPLETO EN ESTE LINK

http://www.elearningamericalatina.com/edicion/abril1/na_2.php

Ley 30 de Diciembre 28 de 1992


Por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior


Dividida en: seis títulos y 144 Art.


TITULO PRIMERO
Fundamentos de la Educación Superior
CAPITULO I: Principios
CAPITULO II: Objetivos.
CAPITULO III: Campos de acción y programas académicos.
CAPITULO IV: De las instituciones de Educación Superior.
CAPITULO V: De los títulos y exámenes de estado.
CAPITULO VI: Autonomía de las Instituciones de Educación Superior.
CAPITULO VII: Del fomento, de la inspección y vigilancia.

TITULO SEGUNDO

Del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes).


CAPITULO I: Del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU).
CAPITULO II: Del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes).
CAPITULO III: De los comités asesores.
CAPITULO IV: Sanciones.
CAPITULO V: De los sistemas nacionales de acreditación e información.


TITULO TERCERO

Del régimen especial de las Universidades del Estado y de las otras instituciones de Educación Superior
Estatales u oficiales.


CAPITULO I: Naturaleza Jurídica.
CAPITULO II: Organización y elección de directivas.
CAPITULO III: Del personal docente y administrativo.
CAPITULO IV: Del sistema de universidades estatales u oficiales.
CAPITULO V: Del régimen financiero.
CAPITULO VI: Del régimen de contratación y control fiscal.


TITULO CUARTO

De las instituciones de Educación Superior de carácter privado y de economía solidaria.

TITULO QUINTO

Del régimen estudiantil.

CAPITULO I: De los estudiantes.
CAPITULO II: Del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex).
CAPITULO III: Del bienestar universitario.

TITULO SEXTO

Disposiciones generales, especiales y transitorias.


CAPITULO I: Disposiciones generales.
CAPITULO II: Disposiciones especiales.
CAPITULO III: Disposiciones transitorias.


PARA PODER OBSERVAR LA LEY MÁS ESPECIFICAMENTE PUEDEN INGRESAR A ESTE LINK:


ARTICULACIÓN DE LA EDUCACIÓN CON EL MUNDO PRODUCTIVO


LA FORMACIÓN EN COMPETENCIAS LABORALES


Aportes para la construcción de currículos pertinentes
en instituciones de Educación Básica y Media



Política de Articulación de la Educación con el Mundo
Productivo: Formación de Competencias Laborales




Ø Cualificar el desempeño social, académico y laboral de los egresados
de las instituciones de educación básica y media.

ØAportar a la formación de niños, niñas y jóvenes, ya sea en una
perspectiva de futuro laboral o de emprendimiento para la generación
de ingresos por cuenta propia o también para la continuidad de su
proceso de formación.


FORMACIÓN POR COMPETENCIAS

Es un proceso educativo de desarrollo continuo y articulado de
competencias a lo largo de toda la vida y en todos los niveles de formación.

¿Qué son las competencias laborales?

Conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes que son necesarios para que los jóvenes se desempeñen con eficiencia como seres productivos y con responsabilidad social.
se clasifican en:

Competencias Laborales Geneales (CLG)

-las competencias laborales generales no están ligadas a ningún
sector económico, cargo o tipo de actividad productiva.

- son necesarias en todo tipo de trabajo, ya sea en un empleo o en una
iniciativa propia para la generación de ingreso.

-condición para obtener un trabajo o generarlo, mantenerse en él y
continuar aprendiendo a lo largo de la vida.

CLASES DE COMPETENCIAS LABORALES GENERALES 


Características de la Formación en Competencias
Laborales Generales.

- Facilita establecer relaciones con el entorno productivo, no sólo para
generar ingresos sino para desarrollar sus potencialidades.
(pertinencia)

- Su formación es parte del núcleo común de los currículos desde la
educación básica hasta la media. (transversalidad)

- Es soporte para la formación en competencias laborales específicas
en la educación media técnica. (articulación)

¿Qué son las Competencias Labor ales especificas (CLE*)?


Son el conjunto de conocimientos, habilidades, actitudes y
valores que están orientadas a habilitar a las personas
para desarrollar funciones productivas propias de una
ocupación o funciones comunes a un conjunto de
ocupaciones.

ARTICULACION CON EL SENA

• Definición de programas de formación pertinentes a la región.
• Transferencia del diseño curricular basado en competencias
laborales en caso de que la institución educativa no lo tenga.
• Formación pedagógica y técnica de docentes cuando se requiera.
• Asesoria a la institución educativa para mejoramiento de los talleres
requeridos para el desarrollo de los programas.
• Acompañamiento a docentes en la implementación de los
programas.
• Certificación de estudiantes.






Ley 749 de 2002


Ley 749 de 2002

Introduce modificaciones a nivel superior de la
educación formal Colombiana, Caracterizando a las
Instituciones técnicas profesionales, Instituciones
tecnológicas:

•Ciclos de formación.
•Titulaciones
•Transferencia estudiantil
•Articulación con la media técnica

Áreas Fundamentales de La Educación Básica y Media



Ley 115 Art.23 Comprenden el 80% del plan de estudio son los
siguientes:

1. Ciencias Naturales y ED. Ambiental.
2. Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución. política y
democracia.
3. Educación Artística.
4. Educación Ética y Valores Humanos.
5. Educación Física Recreación y deportes
6. Educación Religiosa.
7. Humanidades, Lengua castellana e idiomas extranjeros.
8. Matemáticas
9. Tecnología e Informática

Proyectos transversales (Enseñanza obligatoria)


Ley 115 Art. 14 Los establecimientos educativos Privados y
públicos, están obligados a cumplir con proyectos Pedagógicos
Transversales en:

•Aprovechamiento del tiempo Libre
•La Enseñanza de la protección del ambiente
•La Educación para  justicio y la paz
•La Educación Sexual


Ley 715 de 2001












Niveles del Sistema Educativo Formal


Estructura del Sistema Educativo Colombiano




Ley General de Educación 115:

Art. 10 Educación Formal: Se entiende por educación formal
aquella que se imparte en establecimientos educativos
aprobados, en ciclos lectivos, con pautas curriculares,
conducentes a grados y títulos.

Art.36 Educación No formal: Es la educación que se ofrece con
el objeto de complementar, actualizar conocimientos académicos
y laborales sin acceso al sistema de niveles y grados.

Art.43 Educación Informal: Es todo conocimiento libre y
espontáneamente adquirido, proveniente de personas, medios
masivos, tradiciones y otros no estructurados.

Ley General de Educación 115 de 1994


Objeto de la Ley: 

La educación es un proceso de
formación permanente, personal y cultural y social que se
fundamenta en una concepción integral  de la persona
humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes.

De conformidad con el articulo 67 de la Constitución Política
define y desarrolla la organización y la prestación de la
educación formal, No formal e Informal.